Observatorio de Formación Continua

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Introducción

El derecho a la educación tiene en la formación profesional una vertiente de significación individual y social creciente.

La cualificación profesional que proporciona esta formación sirve tanto a los fines de la elevación y nivel de la calidad de vida de las personas como a los de la cohesión económica y social y del fomento del empleo.

La formación profesional comprende el conjunto de acciones formativas que capacitan para el desempeño cualificado de las diversas profesiones, el acceso al empleo y la participación activa en la vida social, cultural y económica.

Incluye las enseñanzas propias de la formación profesional inicial, las acciones de inserción y reinserción laboral de los trabajadores, así como las orientadas a la formación continua en las empresas, que permitan la adquisición y actualización permanente de las competencias profesionales.

La Formación Profesional para el Empleo tiene por objeto impulsar y extender entre las empresas y los trabajadores ocupados y desempleados una formación que responda sus necesidades y contribuya al desarrollo de una economía basada en el conocimiento.

Existen estudios de la Unión Europea que demuestran que la cualificación profesional mediante la formación permanente es motivo de creación de empleo, del mantenimiento de los existentes y de expansión empresarial mediante la atracción de inversiones de capital.

Por ello, la Formación Continua para las cooperativas de trabajo constituye uno de los pilares de actuación confederal y, de entre las actuaciones inherentes a la Formación, se da cabida al análisis y reflexión de las acciones desarrolladas al respecto a través de este Observatorio.

ANTECEDENTES NORMATIVOS:

  • I Acuerdo Nacional sobre Formación Continua. (Publicado en el BOE núm. 59, del 10 de marzo de 1993)
  • I Acuerdo Tripartito en materia de Formación Continua de los trabajadores ocupados.
  • Resolución de 14 de enero de 1997, de la Dirección General de Trabajo y Migraciones, por la que se dispone la inscripción en el Registro y posterior publicación del texto del II Acuerdo Nacional de Formación Continua. (Publicado en el BOE núm. 28, del sábado 1 de febrero de 1997)
  • Resolución de 28 de abril de 1997, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al Acuerdo Tripartito sobre Formación Continua. (Publicado en el BOE núm. 117, del viernes 16 de mayo de 1997)
  • Resolución de 2 de febrero de 2001, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del III Acuerdo Nacional de Formación Continua suscrito el día 19 de diciembre de 2000. (Publicado en el BOE núm. 47, del viernes 23 de febrero de 2001)
  • Resolución de 1 de febrero de 2001, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al III Acuerdo Tripartito sobre Formación Continua. (Publicado en el BOE núm. 40, del jueves 15 de febrero de 2001)
  • REAL DECRETO 1046/2003, de 1 de agosto, por el que se regula el subsistema de formación profesional continua. (Publicado en el BOE núm. 219, del viernes 12 septiembre de 2003)
  • Acuerdo de Formación Profesional para el Empleo. Suscrito por el Gobierno y los agentes sociales (CCOO, UGT, CEPYME y CEOE) en febrero de 2006. Une en un único sistema la formación ocupacional y continua, la que se dirige a los parados y la de trabajadores ocupados.
  • REAL DECRETO 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo. (Publicado en el BOE, n. 87 del miércoles 11 de abril de 2007)
  • ORDEN TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación. (Publicado en el BOE n. 67, del martes 18 de marzo de 2007)

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