E s p a c i o s  p a r a  e l  D e b a t e


POR LA CONCILIACION DE LAS RESPONSABILIDADES FAMILIARES Y LABORALES
Paloma Fernández. 
Representante del Dpto. de la Mujer de UGT-Madrid
Paloma Fernández, representante del Área de la Mujer de UGT – Madrid, ha querido abordar un tema de gran actualidad en nuestro país: la propuesta de ley para la conciliación de la vida familiar y laboral que ha presentado recientemente el Partido Popular en el Parlamento, y que incorpora una serie de medidas para la mejora de las condiciones de vida y convivencia entre hombres y mujeres. Desde una perspectiva crítica, Paloma nos ofrece la valoración que su sindicato hace sobre esta nueva legislación y su repercusión en la vida laboral y familiar de las mujeres trabajadoras.


UNA SOCIEDAD IGUALITARIA PASA POR LA CONCILIACION DE LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR.

El sexo se nos presenta como un factor principal de discriminación en cuanto a la participación en las tareas productivas, reproductivas y las responsabilidades familiares. Es poco común que las mujeres se encuentren totalmente exentas de dedicación al trabajo doméstico y las demás cuestiones asociadas, independientemente de que además realicen otra actividad remunerada. Sin embargo, para los varones la ocupación, paro o situación de jubilación, no modifican su nivel de participación o compromiso en el ámbito familiar.  

Esta introducción, aunque muy generalista, nos sirve para tratar un tema que sigue sin resolver en nuestra sociedad: cómo conciliar la vida laboral y familiar entre hombres y mujeres, para que las mujeres puedan contar con las mismas oportunidades que los hombres en el acceso, la permanencia y la promoción en el mercado de trabajo. El factor socioeconómico puede agravar o paliar, en mayor o menor grado estas diferencias que hoy por hoy siguen penalizando a las mujeres. Así, la creación de empleo dirigido a las mujeres, resolvería problemas como la dependencia económica, la feminización de la pobreza en numerosos casos y la integración a todos los niveles sociales.  

A pesar del valor social que tiene o debería tener la maternidad y el cuidado de hijos u otros familiares a cargo o dependientes; a pesar de que la incorporación de la mujer al trabajo ha permitido, en medio de una situación de envejecimiento de la población y de baja natalidad, el crecimiento de la población activa; y a pesar de que una sociedad democrática y con ambición igualitaria no puede prevalecer sobre la discriminación de unas personas sobre otras; pese a estas cuestiones fundamentales, la conciliación entre la vida laboral y familiar sigue teniendo un pobre desarrollo en nuestro país.  

El sistema de valores, la educación recibida, y el modelo social y familiar todavía imperante , contribuyen a sostener esta desigualdad, pero no son los únicos condicionantes. Hoy en día, persiste una legislación y unos hábitos empresariales que no facilitan la inserción y permanencia de las mujeres en el mercado de trabajo y, mucho menos, el ejercicio de la maternidad, sin que este hecho constituya un obstáculo en su itinerario laboral.  

Con la reciente aprobación en el Consejo de Ministros de la Ley de Conciliación de la Vida Laboral y Familiar, el Ejecutivo del Partido Popular ha tenido en sus manos, la oportunidad de dar un gran impulso a la "Igualdad de Oportunidades"; no ha sido así, ha lanzado una batería de medidas maquilladas y el Proyecto en su conjunto es insuficiente y poco ambicioso.  

A. La transposición de la Directiva 96/34 CCE, sobre el permiso parental, no ha sido introducida en uno de sus aspectos más favorecedores: la formulación de un permiso individualizado, válido por igual para hombres y mujeres e intransferible, que además contemple la posibilidad de ser usado por el trabajador o la trabajadora, aún en los casos en los que el otro progenitor no trabaje.   
La actual legislación al respecto, ya recoge el permiso para los varones pero realmente son muy pocos los padres que optan al mismo. El 98,6% de los permisos de maternidad/paternidad, son solicitados por mujeres, esto supone que por cada 26.000 madres que lo disfrutan, solo 300 hombres se acogen a el.  

B. Se individualizan las excedencias y permisos por cuidado de familiares a cargo, pero en este caso al ser un derecho no remunerado y fuera de cotización, provocará un efecto disuasorio entre los varones, al tener que optar entre la conciliación y la pérdida de ingresos, así muchas mujeres seguirán poniendo en riesgo su empleo o la posibilidad de acercarse al mercado de trabajo.  

En nuestra comunidad donde el desempleo femenino es tan elevado y la contratación que se suscribe con mujeres, tiene un alto índice de temporalidad y precariedad, estas medidas no tendrán apenas impacto. En los sectores más desregularizados, donde la negociación colectiva está excluida, lo regulado en el Estatuto de los Trabajadores es su única y mínima garantía; por tanto la legislación resulta insuficiente, al no recoger esa necesidad de avanzar en posiciones de mejores y mayores garantías para los trabajadores y trabajadoras.  

C. Por otro lado, que el despido sea nulo cuando la causa real sea el embarazo, es algo obvio, la misma Constitución contempla esta situación. Ahora bien, ¿cómo se garantiza verdaderamente que estos despidos no se produzcan realmente, cuando la mayoría de estos despidos están camuflados con la no renovación de los contratos, debido a la gran temporalidad de los mismos?.  

D. Esta Ley crea agravios comparativos, cuando se trata de otros modelos de convivencia, como son las "parejas de hecho", que al estar fuera del sistema de protección social, se encuentran excluidas totalmente de la filosofía de la "nueva Ley".  

E. Por último hacer referencia al contrato de interinidad para sustitución de las trabajadoras en fase de gestación o maternidad, también llamado "Coste 0". Se aprecia un vacío o una falta de control, dado que al no ser obligatoria esta sustitución, las contrataciones están teniendo una repercusión ínfima en las cifras del desempleo, por lo que las bajas por maternidad repercuten sobre las espaldas del resto de plantilla. Esta medida hubiera sido realmente favorecedora de una verdadera política de Igualdad si, por un lado fuera obligatoria y además la sustitución estuviera dirigida a mujeres como mecanismo de acción positiva.  

En resumidas cuentas, la gran campaña de marketing que se ha dispuesto para lanzar a la sociedad esta Ley, no se corresponde, lamentablemente, con el contenido de la misma. El Departamento de la Mujer de UGT-Madrid, considera que los trabajadores y trabajadoras, tendremos que seguir utilizando la negociación colectiva ya que es el instrumento por excelencia de regulación de las condiciones de trabajo y de las relaciones laborales en el marco de las empresas. De esta forma aseguramos y garantizamos unos derechos que nos acerquen un poco más a conciliar la vida laboral y la vida familiar entre hombres y mujeres para conseguir un equilibrio en la sociedad.

 

 

 

 

 

 

 

Esta Ley crea agravios comparativos, cuando se trata de otros modelos de convivencia como las parejas de hecho